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Masacre de Wilde: rechazan el pedido de audiencia remota
Raquel Gazzanego tiene 56 años y hace 26 reclama justicia por la llamada Masacre de Wilde, de la cual resultó victima el que era su marido, Edgardo Cicutín. La vecina sanmartinense pide que se realice una audiencia remota y que pongan una fecha de juicio. Sin embargo, el Tribunal Oral Criminal (TOC) N°3 de Lomas de Zamora, este martes, rechazó el pedido de la querella.
Este mismo Tribunal fue el que resolvió suspender el juicio que tenía fecha para marzo de 2020 cuando se decretó el aislamiento social obligatorio por la pandemia global declarada por el virus Covid-19.
“Hace tres semanas realizamos una presentación solicitando que se haga la audiencia preliminar en forma remota, porque la que estaba prevista para el 20 de marzo fue suspendida por la cuarentena. Este martes nos rechazaron los nuevos pedidos que hicimos”, asegura a Zorzal Diario, Gazzanego. Y continúa enfatizando: “vemos que se están realizando juicios de mucha envergadura, como ser, el que se hizo por femicidio de Anahí Benítez, entre otros”.

“Tienen que estar los abogados de ambas partes para presentar las pruebas y la lista de los testigos que tienen que declarar. Queremos que se realice la audiencia y que pongan fecha de juicio como corresponde”, agrega la vecina de San Martín.
Gazzanego recibió el apoyo y acompañamiento de Horacio Pietragalla Corti, Secretario de Derechos Humanos de la Nación. Meses atrás mantuvieron una reunión en la que el funcionario se comprometió a participar en la causa como veedor y la acompañó en el pedido que fue rechazado por el TOC 3.
“Hace una semana la secretaría de derechos humanos también presentó un amplio pedido solicitando que se haga el debate. Argumentó poniendo varios ejemplos que muestran que se puede realizar la audiencia de forma remota. Además, hicieron hincapié en el tiempo que transcurrió desde que sucedieron los hechos”, cuenta la mujer.
“Desde este organismo se presentarán como observadores en el juicio. Es por eso que también piden expresamente la audiencia, para que no sigan dilatando aún más la causa. Los familiares de las demás victimas de la Masacre también reclamaron la audiencia”, asegura.
“Pasó muchísimo tiempo y necesitamos que la justicia nos de una respuesta. Sin embargo, este martes el Tribunal 3 nos rechazó todos los pedidos. Las autoridades me dijeron que están a disposición para lo que necesite, porque les resulta vergonzoso que una causa de estas características lleve tantos años de impunidad”, finaliza Gazzanego.
El caso

Este terrible hecho de violencia institucional ocurrió el 10 de enero de 1994: cuatro inocentes asesinados a balazos por once oficiales de la ex Brigada de Investigaciones de Lanús de la Policía Bonaerense. Aún no hubo condena para los acusados, un grupo de uniformados que perseguía a supuestos delincuentes que iban en dos autos, huyendo de un presunto robo a una sucursal del Banco Galicia. Luego dijeron que los sospechosos transportaban cinco kilos de cocaína. Los uniformados dispararon 270 balas.
Edgardo Cicutín, entonces de 33 años, padre Natalia que tenía 8 años y de Gonzalo de apenas 8 meses, vendía libros para la editorial Cisplatina. Se movía en un Dodge 1500 que era conducido por Claudio Díaz, quien sobrevivió a la balacera policial. Las otras víctimas fueron el remisero Norberto Corbo y sus pasajeros, Claudio Mendoza y Héctor Bielsa, quienes viajaban a bordo de un Peugeot 505.

Los once policías prestaban servicio en la Brigada de Lanús, cuyo subjefe era el comisario Juan José “El Lobo” Ribelli, detenido, procesado y luego absuelto por el atentado a la mutual judía AMIA. En un momento hubo una elevación a juicio oral para ocho policías, acusados de ser los autores materiales de los cuatro homicidios: Roberto Mantel, Osvaldo Lorenzón, Eduardo Gómez, Pablo Dudek, Marcelo Valenga, Marciano González, Julio Gatto y Hugo Reyes. Sin embargo, todos fueron absueltos. Otros dos, César Córdoba y Carlos Saladino, fallecieron en los últimos años. Marcos Ariel Rodríguez, que estaba prófugo, fue capturado en noviembre de 2014 en la ciudad cordobesa de La Falda, detenido por rebeldía a la autoridad y no por los crímenes perpetrados en 1994.
Después de tantos años de impunidad los familiares de las victimas siguen pidiendo justicia. Explican que después da tanto tiempo los testigos van muriendo de viejos. Pero lo que está claro es que los policías violaron todos los límites impuestos por la ley y su propio protocolo de procedimiento: se movilizaban en autos particulares y con ropa de civil. El cabo Rodríguez, en tanto, no debió haber formado parte del operativo porque en ese momento se encontraba apartado de la fuerza por un incidente ocurrido en 1993.


